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¿Cuánto retengo al administrador?

En la mayoría de los casos, las retribuciones por el desarrollo de tareas de gerencia serán “rendimientos del trabajo”, si bien no estarán sometidas a los tipos de retención variable habituales, sino que tendrán una retención fija del 35% (19% si la facturación es inferior a 100.000 €).


Sin embargo, si el administrador, además de las tareas gerenciales, desarrolla otros trabajos para la empresa, las retribuciones que también serán rendimientos del trabajo, sí tendrán una retención variable según las tablas generales.


Cabe un tercer caso, y es el de las “sociedades profesionales”. Si la empresa presta servicios profesionales y el administrador es quien los efectúa, se considerarán “rendimientos de actividades económicas” y no del trabajo, reteniéndose un 15%.




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